Foto: Ojo Nomade
Protocolo para el acompañamiento, contención y orientación de identidades femeninas víctimas de violencia de género en todas sus modalidades.
Por Colectivo Ni Una Menos Resistencia
Introducción y Fundamentación
En tiempos de lucha, visibilización, concientización y difusión, informar es proteger, y socializar la información es proveer herramientas y estrategias que nos salven la vida.
La realidad es que, ante la tardía o nula respuesta de los organismos encargados de intervenir de primera mano en casos de violencia, 911, comisarías etc, las identidades femeninas buscamos ayuda y acompañamiento en nuestras congéneres. La vecinas, las amigas, la maestra, y las organizaciones de identidades femeninas se encuentran en la situación de contener, acompañar y orientar a una sobreviviente de violencia de género, y establecer criterios unificados de actuación resulta en intervenciones más efectivas y menos traumáticas.
Es por esta razón, y como resultado de nuestra experiencia de más de tres años acompañando sobrevivientes de violencia de género, y familiares de víctimas, que el Colectivo Ni Una Menos Resistencia ha elaborado este protocolo de Orientación y Acompañamiento, a sobrevivientes de VDG, con el fin de dar los pasos necesarios sin cometer errores, que por bien intencionados que sean, pueden resultar contraproducentes. Porque cuando decimos que “estamos para nosotras” , lo hacemos de manera responsable, consciente y comprometida, sabedoras de que estas redes que nos sostienen y empoderan son, quizás, la última trinchera ante el abandono y el ostracismo de un Estado ausente o cómplice. Es necesario, entonces, tejer redes de contención para las compañeras vulneradas, identificando no solo los vínculos familiares, sino también las instituciones, procedimientos y organizaciones que pueden y deben acompañar el proceso que salve la vida de identidades femeninas.
Aportamos el cuerpo, la experiencia, el conocimiento de profesionales y nuestra convicción profunda de que estamos para nosotras, y solo en manada, resistiremos y acabaremos con la violencia machista que nos arrebata a una identidad femenina cada 18 horas.
Qué es la violencia de género
En el marco de la Ley 26485 se reconocen diferentes tipos de violencia.
Violencia Física: Es la más fácilmente reconocible, y se trata de toda violencia ejercida contra el cuerpo de la mujer, produciendo dolor , daño o riesgo de producirlo. Incluye golpes, patadas, empujones, pellizcos, tirones de pelo, golpes con objetos, heridas, y todas las formas de agresión que atenten contra la integridad física, incluyendo su máxima expresión, que es el femicidio.
Violencia Psicológica: el agresor controla a la víctima a través de insultos, amenazas, humillación, acoso, hostigamiento, restricción, manipulación, aislamiento, etc., causando daño emocional, disminución de la autoestima, pensamientos o intentos suicidas, angustia, y en algunos casos, repercute en la salud física, a través de dolencias.
Violencia sexual: cualquier tipo de vulneración al derecho de la mujer a decidir voluntaria y libremente sobre su vida sexual o reproductiva, ya sea a través de amenazas, coerción, uso de la fuerza o intimidación. Esto incluye tocamientos indebidos o no deseados, relaciones sexuales sin consentimiento expreso y conciente(si has bebido mucho, est´s inconciente, o has consumido sustancias, y no podés decidir. El silencio no es consentimiento) La ley contempla la violencia sexual con o sin acceso genital, incluso dentro del matrimonio o de cualquier relación de convivencia.
Violencia Económica o Patrimonial: es cualquier acción que ocasione un menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de la mujer. Por ejemplo, control de ingresos y gastos, limitación de recursos económicos que le permitan llevar una vida digna. Destrucción o retención de bienes, menor salario o precarización, solo por el hecho de ser mujer. Es muy común que el violento exija detalles sobre que hace con la plata, la acuse de gastar mucho, o en asos de separación, utilice la cuota alimentaria como elemento de control y opresión.
Violencia Simbólica: es el tipo de violencia que, a través de patrones estereotipados impuestos en esta sociedad, tramita o reproduce dominación, desigualdad y discriminación naturalizando que la mujer debe estar subordinada. Son claro ejemplo los chistes misóginos que presentan a las mujeres como tontas, locas, brujas, etc, las burlas a su aspecto físico, etc.
Modalidades de violencia:
Violencia Doméstica: se da dentro del hogar. Aunque no siempre es violencia de género, ya que los o las agredidas pueden ser hijas, hijos, padres, madres, hermanos o hermanas, es cierto que en gran parte de los casos somos las mujeres las que sufrimos violencia en el hogar que incluye abuso por parte de familiares cercanos.
Violencia Institucional: es la ejercida por instituciones públicas o privadas, en situaciones de vulnerabilidad, tales como ir a realizar una denuncia y que no la tomen o revictimicen a la sobreviviente haciéndole sentir culpa o incomodidad, omisión o vulneración de los protocolos de atención a las víctimas. Demoras innecesarias en la ejecución del trámite, etc. Se inscriben dentro de esta modalidad de violencia, la ejercidas contra las compañeras trans y travestis cuando no se respeta su identidad de género al realizar trámites, consultas, buscar atención médica o realizar denuncias.
Violencia Laboral: la ejercida en el lugar de trabajo, y que incluye desde asignar tareas de servicio y cuidado que no corresponden, solo por el hecho de ser mujer(por ejemplo que sea la mujer la que siempre prepara el café o el mte, aunque no sea esa su función en el trabajo) , que se ke pague menos por ser mujer, que se la deje de lado en promociones, ascensos o puestos de jerarquía por ser mujer, etc.
Violencia contra la libertad reproductiva: es el tipo de violencia que se ejerce al negarle a la mujer su poder de decisión sobre su vida reproductiva. Por ejemplo, ocultarle o prohibirle los anticonceptivos, controlar su ciclo menstrual, obligarla a engendrar, cursar un embarazo y parir, si no lo desea, obligarla a abortar, si no lo desea, negarle su derecho a la ILE, negarle su derecho a la ligadura gratuita de trompas, o poner trabas, etc.
Violencia Obstétrica: involucra específicamente las violencias ejercidas contra los cuerpos gestantes, ya sea durante la gestación o el parto, se da generalmente en el ámbito institucional, y va desde infantilizar a la mujer, tratándola como a una niña que no sabe nada de lo que desea u ocurre, hasta colocarle medicamentos sin explicarle o consultarle,o el maltrato durante el parto.
Violencia Mediática: la ejercida por los medios de comunicación masiva. Toda aquella publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, como así también la utilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, legitimando la desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres.
Esta modalidad forma parte de las prácticas de violencia simbólica que a través de patrones estereotipados, mensajes, valores, íconos o signos transmiten y reproducen dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad.
Cualquiera de estas violencias pueden y deben ser denunciadas, están reconocidas por la ley y forman parte de lo que es considerado violencia de género.
Formas de intervención y pasos a seguir cuando una compañera acude en busca de ayuda:
Ante todo, debemos recordar que, en ese momento, la víctima está depositando no solo su confianza, sino también angustia y expectativas sobre nosotres, por lo tanto, existen ciertos rasgos a tener en cuenta en la actitud que ella pueda asumir.
Es posible que la sobreviviente presente rasgos de:
- Vergüenza por estar contando a otres su propia humillación
- Miedo a ser juzgada negativamente, o a las represalias del violento.
- Angustia, por pensar que puede estar destruyendo su hogar, poniendo a sus hijes, si los tuviera, en una exposición pública, o causando un perjuicio a su compañero, aún reconociendo que ´peste la violenta.
- Dependencia ya sea emocional, por sentir que aún lo ama, o económica, si es el violento quien sustenta la economía de la familia.
- Baja autoestima, considerándose en algún punto culpable de lo que le ha sucedido, por n llenar los requisitos esperados, o por “haber permitido” que la violencia se produjera. Es muy común que las mujeres sometidas a violencia de género dentro de la pareja tengan este sentimiento de no valer, no servir, no poder.
Es necesario comprender la complejidad de la violencia de género, como actúa sobre la psiquis y las emociones de la víctima, que en ocasiones se niega a denunciar o busca justificar la conducta del agresor.
Ante esta situación, es de vital importancia como y donde se lleva a cabo la primera entrevista.
- Propiciar un ambiente de escucha activa y empática, en un espacio privado en el que la sobreviviente no se sienta expuesta ni en riesgo.
- De ser posible, asistir a la primera entrevista en grupo de dos o tres personas, a fin de evitar que la sobreviviente se sienta intimidada por un grupo numeroso. Una de las acompañantes deberá tomar notas de la conversación, o, si la sobreviviente está de acuerdo, realizar un registro en audio de la entrevista. Esto evitará tener que volver a preguntar detalles que pueden resultar re victimizantes.
- Mantener la calma, evitando exteriorizar el enojo, la indignación o cualquier sentimiento que nos genere el relato. Esto puede resultar muy difícil, es casi imposible no involucrarse emocionalmente, pero debemos recordar que, en ese momento, debemos actuar con empatía y centrarnos en el relato de la sobreviviente y no en nuestras emociones o vivencias.
- Evitar inducir respuestas, y respetar los tiempos de la sobreviviente. Debemos recordar lo difícil que puede ser poner en palabras las situaciones que ha venido padeciendo.
- Evitar la autorreferencia, la paternalización o la crítica violenta hacia el agresor, ya que la sobreviviente puede reaccionar defendiéndolo.
- Por las razones expuestas con anterioridad, es posible que la sobreviviente dude ante la posibilidad de realizar la denuncia. Es necesario que respetemos sus tiempos, haciéndole saber que es una decisión que le pertenece, y evitando cualquier presión. Aún así, debemos evaluar los riesgos inminentes, y de ser estos altos, hacérselo ver con claridad.
Análisis de estrategias
En caso de que quienes estén acompañando, sean parte de una asociación civil, colectivo de mujeres u organización similar, y que la situación no amerite una denuncia inmediata, es necesario, después de la entrevista, evaluar de manera colectiva cuales son los pasos a seguir para no exponer a la sobreviviente ni a las personas que están acompañando este proceso.
Como se ha dicho anteriormente, existen situaciones propias de su contexto y estado emocional que pueden llevar a que la sobreviviente no se sienta aún lista para denunciar. Es imprescindible respetar sus tiempos, no presionarla, y sugerir un acompañamiento profesional, articulando con gabinetes interdisciplinarios, psicólogas con perspectiva de género, o toda institución que pueda brindarle el apoyo psicológico y emocional que requiera. Debemos recordar que no somos el Estado, y que existen dependencias específicas para estas instancias.
En ocasiones, sin embargo, se puede desprender del relato de la sobreviviente, la necesidad de una inmediata denuncia, a fin de salvaguardar su integridad física. Es necesario evaluar, entonces, los riesgos inminentes.
¿Cuales son los riesgos inminentes que ameritan sugerir denuncia inmediata?
- Aumento de la frecuencia de los actos violentos.
- Lesiones graves.
- Presencia de armas de fuego o armas blancas.
- Abuso de sustancias tóxicas
- Amenazas y relaciones sexuales forzadas.
- Vigilancia constante.
- Edad de las/os hijas/os y si son agredidos por el victimario (no solo como testigo de la violencia).
- Conducta antisocial por parte del agresor o manifestaciones de conductas violentas fuera del ámbito familiar, malos tratos a niñas/os u otros familiares, animales o destrucción de objetos apreciados.
- Aislamiento y encierro creciente.
- Celos intensos y acusaciones de infidelidad.
- Fracaso de múltiples sistemas de apoyo.
- Ausencia de culpa o arrepentimiento expresada por el agresor.
- Conocimiento por parte del agresor de los planes de la victima para abandonar la relación.
- Amenazas de suicidio u homicidio del agresor.
- Cronicidad.
- Ideación o intención de suicidio por parte de la persona que consulta.
Cómo acompañar la denuncia, dónde hacer, cuáles son los pasos a seguir
- Establecer con claridad los servicios y lugares donde hacer la denuncia.
- Conversar con la sobreviviente y consultar las notas de la entrevista, a fin de ordenar el relato, para que la denuncia sea lo más contundente posible
- Decidir, de acuerdo con la sobrevivientes, quienes la acompañarán a realizar la denuncia, y recordar que le asiste el derecho de ser acompañada por quien ella solicite al momento de efectuarla.
- Recordar que la recepción de la denuncia es obligatoria.
- Aunque lo ideal es que la sobreviviente acuda con su DNI, esto no es condición absoluta para que la denuncia sea decepcionada. Si no tiene el documento, igual deben decepcionar la denuncia, ya que la identidad puede ser acreditada luego.
- En caso de que la sobreviviente sea una persona trans o travesti, debe respetarse su identidad autopercibida, en el marco de la Ley de Identidad de género (Ley 26743)
- No aceptar que se tome una exposición y exigir que sea DENUNCIA, y que se coloque el sello de VIOLENCIA DE GÉNERO en la misma
- Si hay lesiones, solicitar que sean constatadas en sanidad, adonde la sobreviviente puede exigir estar acompañada por alguien de su confianza y que la atienda una mujer, si eso la hace sentir más cómoda.
- No es necesario presentar testigos del hecho para radicar la denuncia.
- Si la sobreviviente es menor, debe concurrir acompañada de su madre/padre/cuidadorx responsable, pero si esto no fuera posible(en algunos casos la denuncia es contra une de eses adultos) puede realizar igualmente la denuncia o acudir a un juzgado de familia a realizarla.
- Recordar que se deben pedir medidas cautelares al momento de denunciar, hacer hincapié en ellas y solicitar que, dado el riesgo, se de inmediata intervención a la fiscalía correspondiente.
¿Quiénes pueden denunciar?
- La víctima
- Integrantes de la familia o terceros
- Quienes se desempeñen en organismos asistenciales, educativos sea en ámbito publico o privado están obligadxs a denunciar según el articulo 18 de la ley 26.485
- Si la victima es menor de edad, estará obligax a denunciar su representante legal (madre, padre, tutor o encargadx)
- Cuando existen lesiones graves que impiden que la victima realice la denuncia ( perdida del sentido, etc.) todxs lxs funcionarixs publicxs que tomen conocimiento están obligadxs a denunciar
Acceso gratuito a la justicia:
Luego de denunciar hay un plazo de 24 horas para elevar la denuncia a fiscalía. Es necesario hacer un seguimiento, para esto si la denuncia se realizo en una comisaria es de suma importancia que preguntemos a que juzgado la envían, si la denuncia se realiza en juzgado, preguntar a que fiscalía la elevan
El juez debe dictar medidas cautelares (exclusión del hogar, prohibición de acercamiento, botón anti pánico, etc.) en un plazo de 48 horas o unx fiscal puede actuar de oficio, ya que no se puede esperar que el juez competente tome conocimiento y es necesario actuar rápido.
Si no hay respuestas ene se plazo, como organización debemos insistir.
Luego de la denuncia la sobreviviente va a recibir una citación. Es de primordial importancia asistir, mejor si lo hace acompañada para sentirse más segura.
El agresor también recibirá una citación. Pero nunca pueden citarnos el mismo día y horario, en caso de que suceda es un derecho de la sobreviviente exigir que se lxs cite por separado.
Estas medidas cautelares no son permanentes, por lo tanto cuando nos citen al juzgado deberá responder si persisten los elementos que fundaron su dictado.
¿Pueden citar a la victima a una “audiencia de conciliación? No. Está prohibido por ley.
Medidas cautelares:
– Exclusión del hogar del agresor: es decir que se vaya de la casa y no viva mas allí. no importa de quien es la casa, el juez igualmente puede dictarla.
– Perímetro de no acercamiento: se prohíbe al agresor a acercarse a la sobreviviente en un radio de 500 metros de la mujer, la casa, su lugar de trabajo, de estudio, sus familiares o de otras actividades que realice la denunciante.
-Reingreso: la dicta el juez en el caso de que la mujer haya salido de su casa para resguardarse del peligro. cuando la/el juez/a dictamine el reingreso, previamente deberá estar la exclusión del hogar del agresor dictaminada.
-Restitución de bienes: cuando la mujer quiere recuperar sus bienes el/la juez/a debe dictar la restitución y al momento de ir a buscarlos, la mujer debe estar acompañada por algún oficial de justicia o policial.
-Medidas para que el agresor y grupo familiar cuenten con ayuda legal, medica y psicológica especializada en violencia y asistencia a las victimas.
-Guarda provisoria: en caso de que la victima sea menor de edad, teniendo en cuenta su opinión y derecho a ser oidx.
-Cuota alimentaria y tenencia de lxs hijxs en común: va a ser una medida provisoria, para que sea definitiva hay que hacer el trámite en el juzgado de familia.
-Las medidas deben ponerse por escrito, y el agresor debe ser notificado. También la policía y la mujer deben ser notificados., pero en el caso de que no lo hagan debemos ir al juzgado a pedir dos copias de la misma. una que la tenga la victima y otra la guardamos nosotras.
-Una copia del dictamen de las medidas cautelares debe llevarse a la escuela de lxs niñxs en el caso de que haya hijxs en común y poner en conocimiento al personal docente de la situación.
Es importante que el/la juez/a tenga un informe efectuado por un equipo interdisciplinario para determinar los daños físicos, psicológicos, económicos u de otro tipo.
¿Y después?
Sabemos que nos son muchos los agresores que respetan estas medidas por eso es importante seguir en contacto con la sobreviviente y que:
– Se sienta acompañada. si familiares, amigxs o compañerxs pueden quedarse con ella, mucho mejor.
– Mantener el contacto desde algún numero que no sea el de uso personal, para no exponernos nosotras tampoco.
– Asegurarnos de que siempre tenga crédito en su celular, o en caso de que no tenga uno hacer los esfuerzos para facilitárselo.
– Tener siempre a mano el número de la policía.
– Organizar un sistema de guardas entre las personas de confianza de la sobreviviente.
¿Y si el agresor viola las medidas?
-Informar al/la juez/a para que ordene a la policía la detención.
-Podemos llamar nosotras mismas.
– Tener el papal que ordena las medidas siempre a mano.
– Lo ideal es que la compañera este acompañada para que la policía no evada sus responsabilidades justificando incluso al agresor.
-Debemos insistir en que hay una orden judicial y ellxs deben cumplirla.
-Debemos conocer los protocolos de actuación de nuestra provincia que atañen el abordaje de esta problemática:
Anexo I a la ley 6548 protocolo de actuación policial ante situaciones de violencia contra las mujeres.
Protocolo de detección sistemática de situaciones de violencia contra la mujer en la consulta médica.
Protocolo único de examen por delitos contra la integridad sexual.
Lugares donde acercarse para ser contenida, asistida o denunciar:
– Línea 137
– Línea 144
– Juzgado del menor y la familia
– Mesa de atención y asesoramiento permanente
– Equipo interdisciplinario de atención a las victimas de violencia
– Dirección de la mujer
– Comisaria de la mujer
– Secretaria de Derechos Humanos